SantaCruzCrece - Generación de Empleo
Generación de Empleo
  • Asistencia a MiPyMEs para contratar personas desocupadas, que consiste en el pago a el/la empleador/a de una suma mensual equivalente al valor de un Salario Mínimo Vital y Móvil a cuenta del pago del salario de el/la nuevo/a trabajador/a incorporado/a.
  • En el caso de que la contratación se trate de una persona con discapacidad se otorgará un adicional de medio salario mínimo vital y móvil más.
EMPRESAS:
  • MIPyME con domicilio fiscal en la Provincia de Santa Cruz o en su defecto que se encuentre inscripta bajo convenio multilateral y con locales comerciales u oficinas habilitadas por el Municipio que corresponda.
  • Que generen un nuevo puesto de trabajo.
PERSONAS A INCORPORAR:
  • Personas mayores de 18 años que se encuentren desocupadas.
  • Con residencia no menor a tres (3) años en Santa Cruz (DNI, impuesto o servicio de titularidad)
Las/los trabajadoras/es a incorporar no deberán:
  • Registrar empleo en relación de dependencia, ser monotributista o empleador/a.
  • Percibir jubilación o pensión nacional o provincial.
  • Percibir Programa de Empleo Nacional.
PREINSCRIPCIÓN: hasta el 20 de cada mes.
  • Completar el formulario correspondiente, anexando al mismo la siguiente documentación:
EMPRESAS MIPYME
  • Nota de solicitud de inscripción al Programa ANEXO I. - ANEXO I
  • Certificado MiPyME.
  • Formulario 931 correspondiente al mes próximo pasado, con nómina de trabajadores/as.
  • Constancia de inscripción en AFIP (acreditando domicilio fiscal en la Provincia de Santa Cruz o en su defecto que se encuentren inscriptas bajo convenio multilateral y/o con locales comerciales u oficinas habilitadas por el Municipio que corresponda)
  • Constancia de inscripción en ASIP.
  • Constancia de habilitación municipal actualizada.
  • Documentación requerida de los/las trabajadores/as a incorporar.
TRABAJADORES A INCORPORAR
  • Declaración Jurada ANEXO II. - ANEXO II
  • Documento Nacional de Identidad (copia anverso y reverso).
  • Certificación negativa de ANSES.
  • Constancia de CUIL.
  • Cuenta y CBU certificado por entidad bancaria del empleador/a.
  • Acreditar residencia no menor a tres (3) años en Santa Cruz (domicilio en DNI o impuesto o servicio de titularidad de el/la trabajador/a).
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD) en el caso que corresponda.

  • (El primer día hábil del mes siguiente a la preinscripción, vía correo electrónico, se enviará constancia de preinscripción)

INSCRIPCIÓN: 1 al 10 de cada mes.
  • El/la empleador/a PREINSCRIPTO/A deberá anexar a la documentación adjunta en la preinscripción la siguiente documentación:
  • Constancia de PREINSCRIPCIÓN.
  • CBU de titularidad de el/la empleador/a.
  • Copia de contrato y bajo qué modalidad: tiempo indeterminado, parcial, jornada reducida, etc.
  • Alta temprana en AFIP correspondiente al mes en curso.

  • (La solicitud recibida fuera de los mismos será ingresada para el mes siguiente)
CANTIDAD MÁXIMA DE TRABAJADORES/AS A INCORPORAR AL PROGRAMA SANTA CRUZ CRECE POR MIPyME:
  • MIPyME de 1 a 5 trabajadores/as: 1.
  • MIPyME más de 5 y hasta 10 trabajadores/as: 3.
  • MIPyME más de 10 y hasta 30 trabajadores/as: 4.
  • MIPyME más de 30 y hasta 50 trabajadores/as: 7.
  • MIPyME más de 50 trabajadores/as: 10.
  • Personas mayores de 18 años desocupadas y que posean residencia no menor a tres años en la Provincia de Santa Cruz.
  • Dicha inscripción no genera la incorporación al programa sino al registro de postulantes.
  • En la inscripción al mismo la persona autoriza que las empresas que lo soliciten puedan acceder a la información.
REQUISITOS:
  • Nota de solicitud de inscripción al registro de postulantes (ANEXO V). - ANEXO V
  • Copia del DNI (anverso y reverso).
  • Currículum vitae.
  • Certificación negativa de ANSES.
  • Constancia de CUIL.
  • Acreditar residencia no menor a tres (3) años en la Provincia de Santa Cruz.
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD) en el caso que corresponda.
  • La asistencia se realizará en la cuenta verificada por el/la empleador/a y se imputará exclusivamente a cuenta del pago del salario de el/la nuevo/a trabajador/a incorporado/a.

  • El monto de la asistencia será proporcional conforme:
  • La modalidad de contratación.
  • Tiempo de prestación de servicio en caso de ser menor a un mes.
  • Un 50 % más en caso de que se contrate a personas con discapacidad.
  • El programa NO posee renovación automática. El/la empleador/a del 1 al 10 de cada mes que dure el programa deberá presentar el formulario 931 con nómina de trabajadores/as y copia de los recibos de pago (ANEXO IV). - ANEXO IV
  • En el caso de darse una baja, deberá justificar ante el MTEySS.
  • En caso de no presentar la documentación en el plazo requerido, no se renovará el beneficio.
Contacto

Dirección Provincial de Empleo, Capacitación y Formación
Perito Moreno 76 - Río Gallegos

Teléfono:

(02966) 339344

Email:

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